LEY N°
DE MIGRACIONES
INDICE
TÍTULO I
DISPOSICIONES PRELIMINARES
CAPÍTULO ÚNICO
DISPOSICIONES GENERALES
Art. 1°. Objeto de la ley.
Art. 2°. Ámbito de aplicación.
Art. 3°. Definiciones.
Art. 4°. Principios generales.
TÍTULO II
DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS INMIGRANTES
CAPÍTULO I
DERECHOS DE LOS INMIGRANTES
Art. 5º. Acceso igualitario.
Art. 6°. Derecho a la educación.
Art. 7º. Derecho al trabajo.
Art. 8º. Derecho a la atención sanitaria y a la salud.
Art. 9º. Derecho a ser informado.
Art. 10. Derecho a la reunificación familiar.
Art. 11. Derecho a la protección de la niñez y adolescencia migrante
Art. 12. Derecho a la identidad.
Art. 13. Derecho al ingreso de los bienes en el país.
Art. 14. Derecho a transferir remesas.
Art. 15. Derecho al voto.
CAPÍTULO II
OBLIGACIONES DE LOS INMIGRANTES
Art. 16. Obligaciones.
Art. 17. Regularización migratoria.
Art. 18. Régimen impositivo.
TÍTULO III
DE LA INMIGRACION ORDENADA
CAPÍTULO I
DE LA INMIGRACIÓN
Art. 19. Promoción de la inmigración.
Art. 20. Regulación.
Art. 21. Distribución territorial de las corrientes de inmigración.
Art. 22. Inmigración desde países en situación de crisis.
CAPÍTULO II
DEL INGRESO Y EGRESO DE LAS PERSONAS EXTRANJERAS
Art. 23. Régimen general.
Art. 24. Régimen especial.
Art. 25. Requisitos.
CAPÍTULO III
DE LOS CONNACIONALES QUE EMIGRAN
Art. 26. Asistencia a las personas que optan por emigrar.
Art. 27. Registro de emigrantes.
Art. 28. Coordinación interinstitucional.
Art. 29. Estudios sobre la inmigración y emigración.
Art. 30. Reunificación familiar.
Art. 31. Colaboración interinstitucional.
CAPÍTULO IV
DE LAS COMUNIDADES DE CONNACIONALES RESIDENTES EN EL EXTRANJERO
Art. 32. Apoyo a comunidades de residentes en el extranjero.
Art. 33. Protección de los derechos de los connacionales que emigran.
Art. 34. Participación cívica y electoral.
CAPÍTULO V
DE LOS PUESTOS DE CONTROL DEL INGRESO Y EGRESO
Art. 35. Puestos de control migratorio.
Art. 36. Control de documentación.
Art. 37. Ingreso irregular.
CAPÍTULO VI
DE LA ADMISIÓN DE PERSONAS EXTRANJERAS
Art. 38. Categorías de la admisión.
Art. 39. Inadmisibilidad.
CAPÍTULO VII
DE LA ESTADÍA TRANSITORIA
Art. 40. Subcategorías de la estadía transitoria.
Art. 41. Requisitos de la estadía transitoria.
Art. 42. Plazo de permanencia transitoria.
Art. 43. Solicitud de prórroga.
TITULO IV
DE LA PERMANENCIA
CAPÍTULO I
DE LA RESIDENCIA
Art. 44. Subcategorías de la residencia.
Art. 45. Residencia Espontánea u Ocasional.
Art. 46. Residencia Temporal.
Art. 47. Residencia Permanente.
Art. 48. Del acceso a la Residencia Permanente de familiares extranjeros de connacionales.
CAPÍTULO II
DE LOS REQUISITOS PARA LA RESIDENCIA
Art. 49. Requisitos para obtener la Residencia Espontánea u Ocasional.
Art. 50. Requisitos para obtener la Residencia Temporal.
Art. 51. Requisitos para la solicitud de prórroga de la Residencia Temporal.
Art. 52. Requisitos para obtener la Residencia Permanente.
Art. 53. Requisitos para acceder a la residencia permanente de familiares extranjeros de connacionales.
Art. 54. Pérdida de la Residencia Permanente por ausencia injustificada.
Art. 55. Causales de cancelación de la residencia.
TÍTULO V
DE LA DOCUMENTACIÓN Y REGULARIZACIÓN DE PERMANENCIA DE PERSONAS EXTRANJERAS QUE INGRESAN AL TERRITORIO NACIONAL
CAPÍTULO I
DE LOS CARNETS DE RESIDENCIA
Art. 56. Carnet de Residencia Espontánea u Ocasional.
Art. 57. Carnet de Residencia Precaria.
Art. 58. Carnet de Residencia Temporal.
Art. 59. Carnet de Residencia Permanente.
Art. 60. Reposición de los carnets de residencia.
Art. 61. Requisitos para la reposición de carnet de residencia.
CAPÍTULO II
DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD POLICIAL
Art. 62. Cédula de identidad paraguaya para extranjeros.
Art. 63. Plazo de validez.
Art. 64. Documento de identidad para refugiados y asilados.
CAPÍTULO III
DE LA REGULARIZACIÓN DE PERMANENCIA Y EXPULSIÓN DE EXTRANJEROS
Art. 65. Regularización de permanencia.
Art. 66. Expulsión.
Art. 67. Causales de expulsión.
Art. 68. Medidas cautelares.
Art. 69. De las excepciones a la expulsión.
TÍTULO VI
DE LAS EMPRESAS DE TRANSPORTE INTERNACIONAL
CAPÍTULO ÚNICO
DE LAS OBLIGACIONES, REGISTRO Y RESPONSABILIDADES
Art. 70. Registro de prestadores del servicio de transporte.
Art. 71. Responsabilidad de las empresas.
Art. 72. Obligaciones.
Art. 73. Documentación requerida a tripulantes y personal.
Art. 74. Deber de reconducción.
Art. 75. Autorización de desembarco.
TÍTULO VII
DE LA AUTORIDAD DE APLICACIÓN
CAPÍTULO I
DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES
Art. 76. Autoridad de aplicación.
Art. 77. Domicilio.
Art. 78. Facultad reglamentaria.
Art. 79. Atribuciones.
CAPÍTULO II
DEL DIRECTOR NACIONAL Y LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES
Art. 80. Designación.
Art. 81. Perfil y requisitos.
Art. 82. Funciones del Director Nacional.
Art. 83. Incompatibilidades.
Art. 84. De la organización.
TÍTULO VIII
GESTIÓN Y TRÁMITES POR MEDIOS ELECTRÓNICOS
CAPÍTULO ÚNICO
UTILIZACIÓN Y REGLAMENTACIÓN
Art. 85. Utilización de medios electrónicos.
Art. 86. Confidencialidad de la información migratoria.
TÍTULO IX
DE LAS SANCIONES
CAPÍTULO I
SANCIONES AL EXTRANJERO
Art. 87. De las infracciones y sanciones al extranjero.
CAPÍTULO II
SANCIONES A EMPRESAS DE TRANSPORTE INTERNACIONAL
Art. 88. De las infracciones y sanciones a empresas de transporte internacional.
CAPÍTULO III
DE LAS MULTAS
Art. 89. Órgano competente.
Art. 90. Reincidencia.
Art. 91. Prohibición de salida de transportes.
Art. 92. Graduación de las sanciones.
Art. 93. Pago de multas.
Art. 94. Falta de pago de multas.
Art. 95. Prescripción.
Art. 96. Destino de las multas.
TITULO X
PROCEDIMIENTOS Y RECURSOS ADMINISTRATIVOS
CAPÍTULO ÚNICO
DE LOS PROCEDIMIENTOS Y RECURSOS ADMINISTRATIVOS
Art. 97. De los recursos y procedimientos administrativos.
TITULO XI
DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y GASTOS
CAPÍTULO ÚNICO
Art. 98. De los recursos financieros.
Art. 99. Aranceles.
Art. 100. Del valor de los aranceles.
Art. 101. Exoneración de pagos de aranceles al connacional repatriado.
TÍTULO XII
DE LAS DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES
CAPÍTULO ÚNICO
Art. 102. Asistencia sanitaria en situaciones de alerta.
Art. 103. De la constitución y denominación de la Dirección Nacional de Migraciones.
Art. 104. De los funcionarios de la Dirección Nacional de Migraciones.
Art. 105. Director Nacional.
Art. 106. Situación de los funcionarios y contratados.
Art. 107. Derogación.
Art. 108. De la Reglamentación.
Art. 109. Comuníquese al Poder Ejecutivo.